En las próximas semanas viviremos el comienzo de uno de los principales cambios que tendrá el mercado laboral en los siguientes años, con el inicio de la implementación progresiva de la reducción de la jornada laboral.

Este proceso se enmarca en la Ley de 40 Horas, uno de los proyectos más importantes en el ámbito laboral que se han aprobado en los últimos años y que busca conciliar el tiempo que pasan los trabajadores en sus puestos con su vida personal y familiar.

Pero aún hay colaboradores y empresas que tienen dudas sobre la implementación de este proyecto y los alcances que tendrá dentro del mercado. Por esto, a continuación, te contamos algunos detalles sobre el comienzo de la gradualidad de la jornada laboral.

¿Cuándo parte la reducción de la jornada laboral?

La primera etapa de la reducción de la jornada laboral comenzará a regir el próximo 26 de abril, fecha en la que los trabajadores que cuentan con una jornada de 45 horas semanales pasarán a una jornada de 44 horas.

Luego de esta reducción de 1 hora, a partir de 2026 la jornada semanal bajará en otras dos horas, para llegar a un máximo de 42 horas semanales. Finalmente, en 2028 se completará el proceso para llegar a las 40 horas estipuladas por la normativa.

Cabe destacar que la ley impide que la reducción de la jornada implique una disminución en el salario de los trabajadores, el cual se deberá mantener durante todo este proceso y cuando concluya, por lo que los sueldos de los trabajadores beneficiados no podrán reajustarse a la baja por este motivo.

A su vez, estos horarios no incluyen el espacio para la colación, por lo que estos periodos se mantendrán fuera de la jornada de trabajo, tal como ocurre en la actualidad.

¿Qué trabajadores se verán beneficiados?

La Ley de 40 Horas señala que todos los trabajadores que cuenten con contrato laboral y que se rijan por los estatutos del Código del Trabajo se verán beneficiados por la medida, viendo reducida su jornada laboral.

En cambio, aquellas personas que trabajan con boletas de honorarios no verán reducida su jornada de manera inmediata, situación que también ocurre con funcionarios públicos y otros cargos que no cuenten con fiscalización inmediata, como gerentes o administradores. Otra instancia que no se verá modificada, son aquellas personas que poseen el Artículo N°22 del código del trabajo, lo cual exime a esas personas de una jornada laboral fija. En estos casos tampoco aplicará la reducción de la jornada.

De todas formas, al haber una reducción general de la jornada para la mayoría de los trabajadores, muchos de estos cargos que quedan fuera de la norma también se podrían ver beneficiados, aunque esto dependerá de la negociación que lleven a cabo directamente estos trabajadores con el empleador.

En tanto, los trabajadores beneficiados que sean madres, padres o cuidadores de menores de 12 años tendrán un beneficio para poder modificar su horario de ingreso y salida del trabajo por hasta dos horas, situación que permitirá que estos colaboradores puedan adaptar sus horarios laborales a sus necesidades familiares.

¿Será obligatorio el control de asistencia?

Para los trabajadores que serán beneficiados con la nueva Ley de 40 Horas, la normativa señala que el empleador estará obligado a llevar un registro de control de asistencia y horas de trabajo, para poder medir el cumplimiento de la nueva jornada.

Para esto, se abrirá la posibilidad de que las empresas puedan determinar el uso de un libro de asistencia, un reloj control o un sistema electrónico, los cuales podrán ser solicitados por la autoridad para ver el cumplimiento de la nueva ley en cada espacio de trabajo.

Con esto, también se podrá llevar un control real de las horas extra realizadas por cada trabajador. En este caso, el colaborador ahora podrá compensar estas horas de trabajo fuera de horario por hasta 5 días de feriado legal. O sea, el trabajador podrá canjear sus horas por días de vacaciones.

¿Qué pasa si la empresa no cumple con la ley?

Para garantizar el buen funcionamiento del proceso de reducción de jornada laboral, la normativa estipula la posibilidad de que cualquier trabajador pueda presentar un reclamo ante la Inspección del Trabajo.

Así mismo, las autoridades han anunciado que aumentará la fiscalización hacia las empresas en términos relacionados con la asistencia y el control de jornada, para evitar problemas en la implementación de los nuevos horarios.

¿Qué pasa con las empresas que ya comenzaron a implementar la nueva jornada?

Dentro del mercado nacional existen varias empresas que ya han comenzado a modificar sus horarios e incluso algunas ya cuentan con una jornada laboral de 40 horas para sus trabajadores.

En estos casos, estas empresas no deberán realizar modificaciones a la jornada de manera obligatoria, ya que al adelantar la implementación de la ley ya cumplen con la norma en el aspecto horario.

En cambio, si deberán implementar sistemas de control de asistencia, ofrecer la banda horaria modificable para los trabajadores que cuiden a menores de 12 años y entregar la posibilidad de negociar horas extras por días de descanso.